Procedimiento Monitorio: La Posición del Deudor ante el Requerimiento de Pago.
Ante el requerimiento de pago el deudor puede adoptar las siguientes posturas procesales:
a) no contestar en el plazo de 20 días, provocando que el juzgado dicte auto despachando ejecución (artículo 816.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en adelante LEC);
b) pagar íntegramente la deuda, bien directamente al acreedor, bien mediante consignación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del juzgado que corresponda (artículo 817 LEC). Tan pronto como el demandado acredite el pago de la deuda al acreedor, se procederá por el juzgado al archivo inmediato de las actuaciones;
c) pagar parcialmente la deuda al acreedor. En estos casos se despachará ejecución por la cantidad pendiente de abonar;
d) formular oposición al requerimiento de pago (artículo 818 de la LEC) respecto a la totalidad de la deuda. El asunto se decidirá definitivamente en el juicio que corresponda por razón de la cuantía (deuda inferior o igual a 3.000 euros, juicio verbal, deuda superior a 3.000 euros, juicio ordinario). La sentencia que se dicte tendrá valor de cosa juzgada. Los motivos que se esgriman en la oposición de monitorio deben ser los mismos que los que se puedan utilizar en el juicio posterior, como ha venido a establecer la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 20 de septiembre de 2003.
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Hola,he recibido un procedimiento monitorio,de la comunidad de vecinos por el impago de unas cuotas y unas derramas,asciende a 1300€,me han paralizado o embargado las cuentas¿eso es legal??,yo quede con los vecinos(pero de palabra nada escrito)que iria pagando poco a poco,nadie dijo que no,dijeron que si en 3 meses no pagaba algo pondrian la demanda,esto fue en el mes de julio,en el mes de septiembre yo pague 30.00€que es lo que pude,por lo tanto se ve que no han pasado 3 meses y algo he pagado,¿esto es legal?¿me podria indicar la forma que tengo para poder poner alguna alegación al respecto y de que forma??¿debo llevar abogado?gracias.
Cuando uno recibe una demanda de procedimiento monitorio tiene un plazo para contestar y defenderse. Si me dice que ya le han embargado las cuentas, entiendo que usted dejó pasar ese plazo, y me temo que ahora ya la cosa tiene mal arreglo.
Buenos dias necesito informacion me ha llegado un monitorio de citibank de una targeta con un total de 6.400 euros que devo hacer para que no me embarguen podria llegar algun acuerdo de pago poco a poco con la abogada del acreedor gracias .
un saludo
Buenos Días.
Hombre sí. Claro. Siempre se puede llegar a un acuerdo con la otra parte. Usted hable con la abogada y si lo consigue no hay nada que lo impida. Otra cosa es que lo consiga.
En cualquier caso. Si quiere más información le dejo nuestro número de teléfono.
93 766 52 96
Gracias.
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