folio registral

El Principio de Legalidad.

Nuestro Registro de la Propiedad, otorga un grado muy elevado de protección al titular inscrito. No en vano, su estructura responde al propósito de que publique noticias lo más fidedignas posibles en cuanto a las titularidades sobre los inmuebles que en él constan inmatriculados, y con esa finalidad:  

 

a) se lleva por un cuerpo de juristas altamente cualificado, esto es, los Registradores de la Propiedad;

El Principio de Tracto Sucesivo.

Cada titularidad registral, salvo la que consta en el asiento de inmatriculación o primer asiento, debe apoyarse sobre otra anterior, vigente y suficiente para servirle de base. Tratándose de transmisiones de propiedad, esta regla quiere decir que cada adquirente sólo puede inscribir su derecho si lo ha recibido del último titular según el registro: tracto sucesivo.

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