La Sentencia número 381/2011 de la Sala 1ª, de lo Civil, de 30 de mayo de 2011, del Tribunal Supremo (Sentencia que se adjunta a este Post abajo) ha confirmado la indemnización de 401.033 euros, a la que fue condenada una empresa constructora, que tendrá que abonar a una Comunidad de Propietarios por vender una promoción de viviendas en Oviedo (Asturias) por medio de publicidad engañosa y que además fue entregada con defectos en la construcción.
Publicado por Oscar Cano Fuentes el Lun, 18/07/2011 - 18:43.